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  1. Se podrá solicitar la devolución de las percepciones que tengan código 217 o 219 y que correspondan a los regímenes 591 a 600, inclusive, cuando estas no puedan ni deban computarse como un pago a cuenta de ganancias o bienes personales.

  2. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) permite desde su página web solicitar la devolución de percepciones, según la Ley de Procedimientos Administrativos N.º 19.549. Este...

  3. Previo a efectuar la solicitud de devolución, los sujetos deben: Contar con CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior. Inscripción digital; Mi AFIP: ¿Cómo solicito o recupero mi clave fiscal? Informar ante la AFIP la CBU de la cuenta bancaria en la que se realizará la devolución solicitada.

  4. El contribuyente que haya presentado una solicitud de devolución, podrá darle seguimiento hasta su culminación, a través del servicio “Devolución de percepciones”. La aprobación o rechazo de la solicitud está sujeta a controles sistémicos o verificaciones posteriores realizados por la AFIP.

  5. 30 de ene. de 2024 · La AFIP comunicó que los empleados con retenciones de Ganancias en 2023 deben informar las percepciones del mismo año en el de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG), para que el empleador pueda devolver en la liquidación anual (mayo 2024).

  6. ¿Cómo solicito la devolución de las percepciones de la RG 3819? Conocé los pasos para solicitar la devolución de las percepciones por compras en moneda extranjera.

  7. La Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó desde el 1 de enero la opción para solicitar la devolución de las percepciones de Ganancias y Bienes Personales por la compra de dólar...

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