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Ley 24557 HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA. 13-sep-1995. LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO. REGIMEN LEGAL. Publicada en el Boletín Oficial del 04-oct-1995 Número: 28242 Página: 1. Resumen: OBJETIVOS Y AMBITO DE APLICACION. PREVENCION DE LOS RIESGOS DEL TRABAJO. CONTINGENCIA Y SITUACIONES CUBIERTAS.
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Ley N° 24.557. Objetivos y ámbito de aplicación. Prevención de los riesgos del trabajo. Contingencias y situaciones cubiertas. Prestaciones dinerarias y en especie. Determinación y revisión de las incapacidades. Régimen financiero. Gestión de las prestaciones. Derechos, deberes y prohibiciones.
Resumen: OBJETIVOS Y AMBITO DE APLICACION. PREVENCION DE LOS RIESGOS DEL TRABAJO. CONTINGENCIA Y SITUACIONES CUBIERTAS. PRESTACIONES DINERARIAS Y EN ESPECIE. DETERMINACION Y REVISION DE LAS INCAPACIDADES. REGIMEN FINANCIERO. GESTION DE LAS PRESTACIONES. DERECHOS,DEBERES Y PROHIBICIONES.
MODIFICACION DE LA LEY NRO. 24.557 Y SU MODIFICATORIA, CON EL FIN DE MEJORAR LAS PRESTACIONES QUE SE OTORGAN A LOS TRABAJADORES DAMNIFICADOS, SIN QUE ELLO IMPORTE AFECTAR EL CURSO Y EFICACIA DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL SOBRE RIESGOS DEL TRABAJO.
Ley N° 24.557. Objetivos y ámbito de aplicación. Prevención de los riesgos del trabajo. Contingencias y situaciones cubiertas. Prestaciones dinerarias y en especie. Determinación y revisión de las incapacidades. Régimen financiero. Gestión de las prestaciones. Derechos, deberes y prohibiciones. Fondos de Garantía y de Reserva.
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1. Se considera accidente de trabajo a todo acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo, siempre