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  1. La herencia vacante se tipifica por la ausencia de parientes con vocación sucesoria, según del art. 3588, aunque con el alcance que le da la doctrina en el sentido que ningún sucesor del causante consolida su vocación. Ante ello, la herencia se reputa vacante (3544 Cód. Civil).

  2. Cuando se enajenen bienes correspondientes a herencias reputadas vacantes no corresponderá el pago de tasas o impuestos provinciales o municipales a cargo de la parte vendedora. Si posteriormente se presentaren herederos con derecho al importe de los bienes vendidos, estos impuestos o tasas se deducirán de ese importe.

  3. Si no hay herederos o personas que reciban por legado, se declara la herencia vacante. En ese caso, el juez debe mandar entregar los bienes al Estado. ¿Qué pasa si después de entregar la herencia al Estado aparece un heredero? Quien reclama posteriormente derechos hereditarios debe tramitar la petición de herencia.

  4. 27 de may. de 2016 · Tal función es encomendada al curador de la herencia vacante (art. 3541, Código Civil) o bien, en caso de existir herederos universales, a éstos, quienes lo harán a través de un perito inventariador y tasador o de común acuerdo, conforme artículos 600 y siguientes del C.P.C. y C.

  5. 5 de mar. de 2020 · Se revoca el derecho de recompensa a favor del denunciante de una herencia vacante, porque no instó tal pedido en la esfera de la Administración. Sumario:

  6. 5 de mar. de 2020 · La avaricia rompe el saco: Denunciante de herencia vacante pierde su derecho de recompensa porque no instó tal pedido en la esfera de la Administración

  7. Se deja sentado que, esta sustitución del inventario por una denuncia de bienes, será posible, en tanto no exista una norma especial que disponga lo contrario (por ejemplo, la norma que impone al curador de la herencia vacante, la obligación de recibir los bienes de la herencia bajo inventario).