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  1. Dirección General de Rentas de la Provincia de Tucumán 24 de Septiembre 960/970 - T4000CNT - San Miguel de Tucumán - Tucumán - Argentina Tel.: +54 381 4503700 (50 líneas rotativas) - Horario de Atención de 8:15 hs. a 13:15 hs.

  2. A partir del 15 de Mayo de 2024 los contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral, excepto los encuadrados en su artículo 8°, deberán utilizar el programa aplicativo SiAPre para la liquidación y determinación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y de sus respectivos anticipos.

  3. 18 de jul. de 2024 · Se aprobó para la presentación de las declaraciones juradas del impuesto sobre los ingresos brutos y sus anticipos el programa aplicativo denominado “SiAPre WEB”, a través de la página web www.rentastucuman.gob.ar disponible para la presentaciones desde 01-02-2023.

  4. 14 de jun. de 2024 · Mediante la Resolución 45/2024 se exime a los contribuyentes comprendidos en el Régimen del Convenio Multilateral, de la obligación de utilizar el programa aplicativo SIAPRE para la liquidación y determinación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y de sus respectivos anticipos correspondiente a la jurisdicción de Tucumán, cuyos ...

  5. El SIAPRE es un aplicativo para liquidar e informar el impuesto sobre ingresos brutos en la jurisdicción de Tucumán para los contribuyentes de Convenio Multilateral. Conoce cómo descargarlo, cómo presentarlo, cómo pagar los anticipos y qué significa RET IIBB Tucumán.

  6. 24 de oct. de 2023 · Descargue el programa aplicativo SiAPre versión 6.0 release 27 para presentar la declaración jurada del impuesto sobre los ingresos brutos bajo el régimen del Convenio Multilateral con Jurisdicción Tucumán. El aplicativo es obligatorio desde el 1° de noviembre de 2023 y contiene las modificaciones del Decreto N° 2270/9 (MDP)-2023 y los nuevos importes del Salario Mínimo, Vital y Móvil.

  7. IMPUESTOS SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS Y PARA LA SALUD PÚBLICA: Se aprueba el programa aplicativoDeclaración Jurada SiAPreVersión 3.0”, el que se encontrará disponible a partir del 15 de enero de 2014, que será de uso obligatorio para las presentaciones de las declaraciones juradas que se efectúen a partir del 1° de febrero de 2014.