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Definimos el derecho de defensa como el derecho subjetivo público individual de aquella persona que resulta imputada en causa penal, o de aquel que solicita representación para presentar demanda, o contestarla en el fuero civil; previa concesión del llamado beneficio de litigar sin gastos.
El Ministerio Público de la Defensa es una institución de defensa y protección de derechos humanos que garantiza el acceso a la justicia y la asistencia jurídica integral, en casos individuales y colectivos, de acuerdo a los principios, funciones y previsiones establecidas en la Ley 27149.
El Ministerio Público de la Defensa es una institución de defensa y protección de derechos humanos que garantiza el acceso a la justicia y la asistencia jurídica integral, en casos individuales y colectivos, de acuerdo a los principios, funciones y previsiones establecidas en la Ley 27149.
23 de may. de 2016 · La Defensoría de Pobres y Ausentes de Nación cuenta con asesoramiento y patrocinio en cuestiones civiles y comerciales; la Universidad de Belgrano (UB) también cuenta con asesoramiento y patrocinio, en cuestiones civiles, comerciales, penales y correccionales.
CAPITULO I. PRINCIPIOS GENERALES. ARTICULO 1°— El Ministerio Público es un órgano independiente, con autonomía funcional y autarquía financiera, que tiene por función promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad.
Defensoria de pobres Y ausentes. Las defensorias de pobres y ausentes integran otra de las ramas en que se divide el ministerio público, y se hallan desempeñadas por funcionarios a quienes incumbe: 1) patrocinar en juicio a las personas que hubiesen obtenido carta de pobreza para litigar y les requieran sus servicios, como así también en ...
3 de may. de 1995 · Los defensores de pobres, incapaces y ausentes adjuntos de las defensorías que actúan ante los tribunales orales en lo criminal y de menores de la Capital Federal, tendrán jerarquía de jueces de primera instancia.