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  1. La novación es un término jurídico que se refiere a la modificación o cambio de las condiciones de un contrato existente. Implica la extinción de las obligaciones originales y la creación de nuevas obligaciones que las reemplazan.

  2. 10 de jun. de 2024 · La novación es un instituto jurídico que permite la sustitución de una obligación o contrato por otro nuevo, manteniendo la identidad de las partes involucradas. Esta figura jurídica se utiliza comúnmente en diversas áreas del derecho, como el derecho civil, comercial y laboral.

  3. La novación consiste en cambiar alguno o varios de los elementos básicos de la relación obligatoria: sujetos, objeto o condiciones esenciales. Siempre que se produzca la sustitución de una obligación que se extingue, por otra nueva que aparece en su lugar, se habla de novación propia o novación extintiva.

  4. La novación es un contrato mediante el cual se extingue un vínculo jurídico y se establece otro en su lugar, ya sea total o parcialmente. En la novación, las partes contratantes pueden modificar las obligaciones asumidas en el contrato original, o bien sustituirlo por un nuevo contrato.

  5. La novación -término con origen en el vocablo latino novatĭo– consiste en la modificación, traspaso o reemplazo de una obligación de orden jurídico por parte de otra obligación posterior. Cuando desaparece esa obligación, se habla de novación extintiva o propia.

  6. La novación de contrato es una figura jurídica que permite realizar cambios en un contrato existente, alterando las condiciones pactadas. Este proceso implica la extinción del contrato original y la creación de uno nuevo con nuevas condiciones acordadas entre ambas partes.

  7. La novación consiste en la modificación o extinción de una obligación jurídica mediante una nueva obligación destinada a reemplazarla. Existen diferentes tipos y categorías de novación, dependiendo de si modifica o extingue la obligación, así como del elemento afectado.