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  1. EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA. DECRETA: CAPITULO I. DETERMINACION DE LAS CONTINGENCIAS E INCAPACIDADES. Artículo 1º. — El empleador está obligado a denunciar a la Aseguradora, inmediatamente de conocido, todo accidente de trabajo o enfermedad profesional que sufran sus dependientes.

  2. DECRETO 717/1996 PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) . Riesgos del trabajo. Determinación de contingencias e incapacidades. Intervención de las comisiones médicas. Trámites y recursos ante las mismas. del 28/06/1996; Boletín Oficial 12/07/1996.

  3. DETERMINACION DE LAS CONTINGENCIAS E INCAPACIDADES. Artículo 1o — El empleador está obligado a denunciar a la Aseguradora, inmediatamente de conocido, todo accidente de trabajo o enfermedad profesional que sufran sus dependientes.

  4. Que por el Decreto N° 717/96 se reglamentaron en el marco de la Ley N° 24.557, las diversas acciones a cargo de las Comisiones Médicas así como los procedimientos que resultan de aplicación a su labor.

  5. 16 de oct. de 2018 · En el caso de que no mediare citación al trabajador a examen médico, la A.R.T. o el E.A. quedará imposibilitada de hacer uso de la facultad de prórroga dispuesta por el artículo 6° del Decreto N° 717/96.

  6. 20 de dic. de 2012 · Lo cierto es que, en la actualidad, más que una ley de riesgos del trabajo lo que existe es un sistema de reparación de los riesgos de trabajo que se integra con las normas mencionadas anteriormente, con el Decreto 717/96 y las resoluciones de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo 237/96, 658/96, 216/03 , 1378/07 , 983/10 ...

  7. 28 de jun. de 1996 · precisanse los casos en los cuales resulta procedente la imposicion de aportes adicionales para financiar el funcionamiento de las comisiones medicas, que deberan abonar las aseguradoras de riesgo del trabajo, previstos en el articulo 22 del decreto nro. 717/96.

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