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  1. Pagos de DReI - Régimen General. La presentación y pago de la DJ debe ser realizada mediante el trámite “DDJJ” que se accede con CUIT y CLAVE FISCAL al servicio “Municipalidad de Rosario-Trámites Tributarios”. Presentada la DJ, el sistema permite:

  2. Los vencimientos operan: a gravámenes de periodicidad semestral, el último día hábil del 2º mes de cada período semestralmente; a gravámenes de periodicidad menor al semestre, el último día hábil del mes inmediato siguiente al período fiscal correspondiente.

  3. En esta página podemos visualizar los calendarios correspondientes a los vencimientos de todos los impuestos detallados por año fiscal.

  4. Presentar declaración jurada mensual DReI/ETuR Régimen General. Presentá on line las declaraciones juradas o consultá las que ya presentaste. Podés pagar on line. Resolvé con clave fiscal.

  5. La adhesión municipal comprendía al DReI, al Derecho publicitario y al ETUR, respecto a las alícuotas básicas y/o diferenciales. Luego, la provincia continuó legislando sobre la vigencia de la estabilidad fiscal a nivel provincial, mediante las siguientes leyes provinciales:

  6. Para los que termina en 2 y 3, el vencimiento es el 27; y el 29 de junio para los finalizados en 4 y5. En tanto, el 2 de julio vence el plazo para los contribuyentes cuyo CUIT termina en 6 y 7; y el 4 de julio para los que finaliza en 8 y 9.

  7. El Ejecutivo rosarino pone en marcha desde diciembre los cambios en el tributo de derecho de registro e inspección (Drei) y en el relacionado con el turismo (Etur), que fueran aprobados por el Concejo Muncipal en 2008, y que incluye un régimen simplificado al estilo del monotributo nacional y modificaciones hacia arriba y hacia abajo en las alíc...