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  1. La presente Ley tiene por objeto la promoción y protección integral de los derechos de los niños, garantizando el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de los derechos y garantías reconocidos en el ordenamiento legal vigente, y demás Leyes que en su consecuencia se dicten. ARTICULO 2.-.

  2. ARTICULO 1.-. La presente Ley tiene por objeto la promoción y protección integral de los derechos de los niños, garantizando el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de los derechos y garantías reconocidos en el ordenamiento legal vigente, y demás Leyes que en su consecuencia se dicten. ARTICULO 2.-.

  3. ARTICULO 1°: La presente Ley tiene por objeto la promoción y protección integral de los derechos de los niños, garantizando el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de los derechos y garantías reconocidos en el ordenamiento legal vigente, y demás Leyes que en su consecuencia se dicten.

  4. 14 de ene. de 2005 · crea el consejo provincial de niÑez y adolescencia, con el objeto de coordinar las polÍticas de promociÓn y protecciÓn de los derechos de niÑos, niÑas y adolescentes. CONVOCA A LOS MUNICIPIOS PARA SU INTEGRACIÓN.

  5. Entender y Coordinar en la implementación de las políticas de promoción y protección de derechos de las personas desde su concepción hasta los 18 años de edad, en el marco de la Convención sobre los Derechos del Niño, y lo dispuesto por la Ley N° 13.298 y sus modificatorias.

  6. El Programa de Promoción y Protección de Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, impulsado por la Ley Nacional 26.061 y su correlativa en la Provincia Ley 13.298 Ref.14.537 se orienta a coordinar los esfuerzos y recursos del Estado Provincial que integran el “El Sistema de Protección Integral de Derechos de las Niñas, Niños y ...

  7. La Ley 13298 de la provincia de Buenos Aires busca garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes, promoviendo su bienestar y desarrollo integral.